Ante lo difícil que ha sido en Sinaloa aplanar la curva del contagio del Covid-19, la diputada del Partido Sinaloense (PAS), Angélica Díaz de Cuén y el Secretario General, Víctor Antonio Corrales Burgueño presentaron una Iniciativa de Decreto para reformar la Ley de Salud y la Ley de Responsabilidades Administrativas, en el que se busca que durante el tiempo que dure la pandemia, sea obligatorio el uso de cubre bocas, mascarilla o cubierta facial en lugares públicos, así como la obligación de las autoridades de Salud y de los Ayuntamientos proporcionarlas gratuitamente; así mismo establece sanciones a servidores públicos que durante sus funciones no lo usen.
La diputada Angélica Díaz de Cuén señaló que si bien el uso generalizado de cubre bocas, no será lo que termine con la pandemia, sí están convencidos que es un factor determinante para reducir los contagios, además de ayudar con el propósito general de aplanar la curva.
“Usar el cubre bocas no es un acto patriótico, ni necesita permisos especiales. Es un acto solidario que nos recuerda que el SARS-CoV-2 está presente, y lo estará por una docena de meses más. Ver a las demás personas usando apropiadamente cubre bocas nos permitirá interactuar con más confianza, pues sabremos que hay menos riesgos de contagio”.
La iniciativa también establece que será obligación de las autoridades de Salud en el Estado y de los Ayuntamientos, proveer durante el tiempo que dure la declaratoria de emergencia sanitaria o pandemia, de cubre bocas, mascarilla o cubierta facial, para las personas que sean de escasos recursos económicos.
En el caso de incumplimiento por parte de servidores públicos con relación a las medidas sanitarias emitidas por las autoridades de salud, éstos serán objeto de sanciones. Los servidores públicos y las personas señaladas se harán acreedores a sanciones, cuando incumplan con las medidas dictadas por las autoridades de salud, en el caso de contingencias sanitarias.
También se podrán decretar medidas cautelares, en los casos en que se cause un perjuicio al interés social, cuando el servidor público actúe en desacato a las disposiciones de las autoridades de salud, provenientes de contingencias sanitarias o contravengan disposiciones de orden público.











